Blog We TenderTendersLicitación CSC 2026: acuerdo marco de factores de coagulación y antitrombóticos

Licitación CSC 2026: acuerdo marco de factores de coagulación y antitrombóticos

El Consorci de Salut i Atenció Social de Catalunya acaba de publicar el expediente CSC F 26/07, un acuerdo marco de suministro de factores de coagulación y otros agentes antitrombóticos por un importe de 18.502.815,80 €. Analizamos las claves del pliego.

El expediente lo tramita el CSC como central de contratación, mediante procedimiento abierto armonizado y tramitación ordinaria. El contrato se estructura como acuerdo marco cerrado con todos los términos establecidos, con adjudicación directa sin reapertura de competencia en los contratos basados. Cubre 32 lotes correspondientes a productos concretos: factores VIII, IX, XIII, Factor de Von Willebrand, complejos protrombínicos, eptacog alfa activado, efanesoctocog alfa, lonoctocog alfa, fibrinógeno humano y varios hemostáticos tópicos (esponjas de gelatina, matrices de colágeno, adhesivos tisulares).

Fecha límite de presentación: 29 de junio de 2026. Quedan 39 días.


Qué se licita

El acuerdo marco tiene una duración inicial de 1 año, prorrogable hasta un máximo de 3 años adicionales. Los contratos basados que deriven del mismo tienen también una vigencia máxima de 1 año, renovables hasta 3.

La estructura es por lote único por producto (código IdCPL). Con carácter general, cada lote recae en un único adjudicatario. Los contratos basados se perfeccionan con la adjudicación o comanda, sin necesidad de formalización separada.

Se admiten variantes (máximo 2, limitadas al aspecto de unidades de envase). No se exigen muestras.

Los 15 centros adheridos desde el inicio son hospitales y consorcios sanitarios catalanes: Consorci Hospitalari de Vic, Consorci Sanitari de l’Anoia, Consorci Sanitari de Terrassa, Consorci Sanitari del Maresme, Consorci Sanitari Integral, Hospital d’Olot, Institut Català d’Oncologia y otros. Un segundo bloque de más de 35 entidades puede adherirse posteriormente mediante adhesión formal, lo que incluye Hospital Clínic de Barcelona, Hospital de la Santa Creu i Sant Pau, Hospital Sant Joan de Déu y varios otros hospitales universitarios y fundaciones. Los presupuestos de consumo son orientativos y no vinculantes.


Criterios de adjudicación

La puntuación es 100% objetiva (evaluable de forma automática). No existe ningún criterio sujeto a juicio de valor. Esto elimina la discrecionalidad de la mesa y convierte la competencia en un ejercicio de optimización de ficha técnica y precio.

La distribución de los 100 puntos por lote es la siguiente:

CriterioPuntos
Oferta económica60
Dosis y vía diferenciada por colores y tamaño10
Conservación y estabilidad a temperatura ambiente (<25°C)7
Agrupación de identificadores únicos SEVEM en la comanda5
Elemento de trazabilidad DataMatrix en unidad mínima5
Comanda mínima (0 = obliga a mínimo; 3 = no obliga)3
Presentación en unidosis3
Envase primario con elemento de protección3
Valoración de albaranes2
Sistema de gestión medioambiental (ISO 14001 o equivalente)2

El precio pondera el 60%, aplicando una fórmula con variable de ponderación VP=1. A partir de ahí, los 40 puntos restantes son binarios: cada criterio vale su máximo o cero. No hay puntuaciones intermedias.

Esto tiene una implicación directa: un licitador que cumpla todos los criterios no económicos parte con 40 puntos garantizados antes de abrir el sobre C. El margen real de competencia en precio se estrecha considerablemente para quien tiene la ficha técnica en orden. Los criterios con mayor impacto unitario son la diferenciación de dosis por colores y tamaño (10 puntos) y la estabilidad a temperatura ambiente inferior a 25°C (7 puntos), aspectos que no dependen de la oferta sino de las características del producto comercializado.

La excepción en el criterio de colores: si en el mercado solo existe una dosis para ese lote, se otorgan los 10 puntos máximos automáticamente.


Solvencia exigida

No se exige clasificación empresarial.

Solvencia económica y financiera: volumen anual de negocios en el año de mayor ejecución de los últimos 3 ejercicios cerrados igual o superior al importe anual de licitación de cada lote al que se concurra. Se acredita mediante cuentas anuales depositadas en el Registro Mercantil.

Solvencia técnica: experiencia en suministros del mismo tipo o naturaleza, con importe anual acumulado en el año de mayor ejecución de los últimos 3 años igual o superior al importe anual de licitación del lote. La correspondencia con el objeto del contrato se valida por coincidencia de los 3 primeros dígitos del CPV.

Los umbrales se calculan por lote, no sobre el importe global del acuerdo marco. Para productos de bajo volumen (esponjas hemostáticas, antitrombina III, factor XIII), los importes anuales de licitación son modestos, lo que hace accesible la solvencia. Para los lotes de mayor valor, como fibrinógeno humano (866.800,00 €) o los complejos de factor VIII/VW (392.460,00 €), el umbral de solvencia resulta más selectivo y limitará el número de operadores habilitados para concurrir.


Condiciones de ejecución relevantes

Las condiciones especiales de ejecución son esenciales, lo que significa que su incumplimiento puede dar lugar a resolución del contrato.

Los adjudicatarios deben comprometerse por escrito a cumplir la norma SA 8000:2001 de Responsabilidad Social Corporativa y los Principios del Pacte Mundial de les Nacions Unides. Se exige también cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales conforme a las normas internas de cada entidad adherida.

El pliego establece obligaciones en materia de transparencia (Ley 19/2013 y Ley 19/2014): el adjudicatario debe facilitar al ente contratante la información necesaria para el cumplimiento de ambas normas. El incumplimiento faculta al órgano de contratación para resolver el contrato sin derecho a indemnización.

El régimen de penalidades tipifica infracciones en leves (3%), graves (5%) y muy graves (10% o resolución). Las infracciones de subcontratación pueden alcanzar el 50% del importe del subcontrato. Las penalidades se hacen efectivas por deducción en facturas o contra la garantía definitiva, con reposición en 15 días naturales.

En los contratos basados, el incremento de unidades hasta el 10% no requiere tramitar una modificación formal, siempre que exista financiación acreditada.


Detección y seguimiento

El expediente está clasificado bajo el CPV 33690000-3 (Medicamentos diversos), uno de los códigos más amplios del catálogo de medicamentos. Bajo este código se publican licitaciones de perfiles muy distintos, desde antiparasitarios hasta hemoderivados. Las alertas basadas únicamente en CPV generarán ruido elevado o, si están demasiado acotadas, perderán licitaciones relevantes.

Para fabricantes y distribuidores de factores de coagulación y hemostáticos, la detección efectiva de este expediente requiere combinar CPV con términos de epígrafe o descripción del objeto del contrato.

Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.

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