Licitación CSC mascarillas 2026: acuerdo marco por 1,9M€
El Consorci de Salut i Atenció Social de Catalunya (CSC) ha publicado un procedimiento abierto armonizado para un acuerdo marco de suministro de mascarillas por un importe de 1.917.289,96 €. El acuerdo da cobertura a más de 40 entidades sanitarias y sociosanitarias catalanas adheridas.
El expediente es el CSC M 26/05. El objeto es el Acord Marc del Subministrament de MASCARETES, con dos grupos de productos: mascarillas quirúrgicas tipo IIR (Grup 1) y mascarillas de protección FFP1, FFP2 y FFP3 (Grup 2). El procedimiento prevé varios adjudicatarios y se vehicula a través del Sobre Digital en la Plataforma de Contractació de la Generalitat.
Fecha límite de presentación: 6 de julio de 2026 a las 14:00 h. Quedan 33 días.
Qué se licita
El acuerdo marco cubre siete referencias distribuidas en dos grupos, sin variantes admitidas.
Grup 1: mascarillas quirúrgicas IIR. Tres referencias: mascarilla IIR con tiras (526.255 uds. a 0,02 €), IIR con gomas (5.868.991 uds. a 0,02 €) e IIR con visera antialpiqueo con tiras (509.139 uds. a 0,03 €). Importe conjunto: 153.423,89 €.
Grup 2: mascarillas de protección. Cuatro referencias: FFP1 sin válvula (3.112 uds. a 0,33 €), FFP2 sin válvula (934.384 uds. a 0,19 €), FFP3 sin válvula (101.647 uds. a 0,45 €) y FFP3 con válvula de exhalación (22.099 uds. a 1,03 €). Importe conjunto: 246.011,52 €.
Los volúmenes son orientativos. El pliego advierte expresamente que las cantidades pueden variar al alza o a la baja según necesidades reales, sin derecho a indemnización por variación. El acuerdo marco puede modificarse hasta un 20% por necesidades superiores a las previstas. No hay garantía de consumos.
La vigencia de los contratos basados es de 2 años. No constan prórrogas previstas ni plazo de ejecución del propio acuerdo marco.
Criterios de adjudicación
El modelo de puntuación tiene tres capas: criterios comunes a todos los grupos en el acuerdo marco (40 puntos), criterios específicos por grupo en el acuerdo marco (36 puntos) y un criterio económico adicional en los contratos basados (4 puntos) complementado con criterios subjetivos (20 puntos).
Criterios comunes (40 puntos). La oferta económica pondera 11 puntos sobre 40. El peso técnico y de servicio supera ampliamente al precio: comanda mínima (6 puntos), unidad mínima de compra (2), almacén a 450 km (2), gestión de incidencias (3), SGMA (2), embalajes reciclables (2), embalajes de materiales reciclados (2), OEKO-TEX clase I (1), comercio justo (1), normativa MDR/IVDR (4), gestión circular de residuos (2) y ecodiseño (2). La mayoría de estos criterios son de tipo sí/no: o se tiene la certificación/capacidad y se puntúa al máximo, o se puntúa 0. Los 4 puntos de MDR/IVDR y los criterios de sostenibilidad juntos suponen 14 puntos que se ganan o se pierden en bloque.
Criterios específicos por grupo (36 puntos). Aquí reside la diferenciación técnica real. En el Grup 1, los tres criterios son: respirabilidad por presión diferencial (11 puntos), resistencia a salpicaduras en kPa (12 puntos) y eficacia de filtración bacteriana con umbral ≥98% (13 puntos). En el Grup 2, el baremo cubre eficacia de filtración NaCl (6), eficacia de filtración con aceite de parafina (6), porcentaje de fugas interiores totales (9), y resistencia a la inhalación/exhalación en tres mediciones distintas (4+4+4), más número de pliegues y capas (3).
Los criterios del Grup 2 son especialmente granulares: separar la resistencia a la inhalación a 30 L/min de la de 95 L/min, junto con la exhalación a 160 L/min, implica que pequeñas diferencias en prestaciones de respirabilidad se traducen en hasta 12 puntos de separación entre ofertas. Con 36 puntos técnicos específicos en juego, quien licite solo a precio no puede compensar la brecha.
Contratos basados. Se añade una oferta económica de 4 puntos y criterios subjetivos de 20: adaptación a las necesidades y protocolos del centro (10), características técnicas (8) y un tercer criterio sin denominación visible en el extracto (2). La presencia de criterios subjetivos en los contratos basados introduce variabilidad en el desempate entre adjudicatarios del acuerdo marco.
Solvencia exigida
La solvencia económica y financiera exige un volumen anual de negocios de al menos el 15% del importe anual de licitación del lote/producto al que se licite, calculado sobre el año de mayor ejecución en los últimos tres ejercicios. La solvencia técnica replica el mismo umbral: experiencia acreditada en suministros del mismo tipo por, al menos, el 15% del importe anual del lote, también sobre el año de mayor ejecución en los últimos tres ejercicios.
El umbral del 15% sobre importes anuales por lote/referencia resulta accesible para cualquier distribuidor o fabricante con presencia consolidada en el sector sanitario. No se exige clasificación empresarial. El DEUC es válido como prueba preliminar; la documentación justificativa puede requerirse en cualquier momento durante la licitación, con un máximo de 5 días naturales para aportarla.
Condiciones de ejecución relevantes
Las condiciones especiales de ejecución tienen carácter esencial. El incumplimiento de obligaciones laborales o de Seguridad Social respecto del personal adscrito al contrato, el impago de salarios durante dos meses o el impago a la Seguridad Social durante el mismo período son faltas muy graves que pueden dar lugar a la resolución del contrato o a una penalidad del 10% del presupuesto.
El pliego exige compromiso con la norma SA 8000:2001 y los Principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, así como transparencia en la cadena de suministro (lista de proveedores implicados). La atención en catalán es obligatoria. Estas condiciones se califican expresamente como esenciales, lo que significa que su incumplimiento comporta resolución, no solo penalidad económica.
El sistema de revisión de precios se articula mediante KPIs semestrales (dos ponderaciones del 3% cada una). La no remisión de la información KPI en plazo activa automáticamente una bonificación del 6% aplicada a todos los productos suministrados en el período, sin margen de subsanación.
Detección y seguimiento
El expediente está clasificado bajo el CPV 33140000 (suministros médicos fungibles), un código de alcance muy amplio que agrupa una variedad de productos sanitarios de uso diario. Un rastreo basado únicamente en este CPV puede generar ruido significativo para equipos que monitorizan varias categorías de producto. El epígrafe de WeTender permite configurar alertas por tipo de producto y organismo, evitando la dependencia de códigos CPV genéricos para detectar oportunidades específicas como esta.
Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.
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