Material de neurorradiología en Bizkaia: licitación 2026 de 9,2M €
La OSI Ezkerraldea Enkarterri Cruces, integrada en Osakidetza, ha publicado un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada por 9.278.900,18 €, con tres años de ejecución y prórrogas previstas de hasta dos años. Detallamos las condiciones del pliego.
El expediente 2026/01291 es un contrato de suministro de material para el Servicio de Neurorradiología, de tramitación ordinaria y presentación electrónica en Contratación Pública de Euskadi. El anuncio se remitió al DOUE el 21 de julio de 2026 y el plazo de recurso especial finaliza el 12 de agosto de 2026.
Fecha límite de presentación: 22 de septiembre de 2026, a las 14:30 h. Quedan 61 días.
Qué se licita
El expediente se divide en 76 lotes, numerados del 1 al 74 con desdoblamiento de los lotes 14 y 15 en dos posiciones cada uno. No hay límite de lotes a los que presentar oferta ni de lotes adjudicables a una misma licitadora, y no se admiten variantes. La adjudicación se efectúa a lote completo: es obligatorio ofertar todos los artículos que integran cada lote.
El objeto abarca catéteres de angiografía cerebral y guía intracraneales, microcatéteres de embolización y de liberación de stent, microguías, introductores vasculares y radiales, agujas y kits de vertebroplastia, microesferas de embolización y sistema electroliberable de coils de platino. El desglose por lotes suma 4.970.839,38 €, IVA excluido, sobre cantidades estimadas a tres años que el pliego declara no vinculantes. Los lotes de mayor cuantía son el 38, microguía hidrofílica 0,014″ de gran soporte, con 887.706,00 €, y el 19, microcatéter cerebral de punta flexible, con 804.300,00 €.
Los lotes 47, microesferas de embolización, y 58, sistema electroliberable de coils, se adjudican de forma compartida entre dos empresas, con un reparto del 60% para la primera adjudicataria y del 40% para la segunda. En el resto no hay adjudicación compartida ni orden de prelación. Los lotes 57 y 62 exigen la entrega de una unidad de muestra y su valoración.
Criterios de adjudicación
La puntuación se reparte en 100 puntos: 50 sujetos a juicio de valor y 50 objetivos, distribuidos entre 48 puntos de oferta económica y 2 de criterios ambientales.
La valoración técnica opera por tramos cerrados, con umbral mínimo de 25 puntos. Reciben 0 puntos las ofertas sin documentación técnica suficiente, sin muestra cuando procede o con producto distinto del solicitado. El tramo de 1 a 24 puntos corresponde a calidad no suficiente, el de 25 a 40 a calidad adecuada y el de 41 a 50 a ofertas preferentes.
La oferta económica se puntúa con la fórmula (B/C) × A, donde B es la oferta más económica, C la oferta a valorar y A los puntos máximos del criterio. La fórmula incorpora una regla que no deriva de su cálculo: una oferta igual al precio máximo de licitación recibe 0 puntos. El pliego presenta además una discrepancia interna en el valor de A, fijado en 48 puntos en el cuerpo principal y en 50 en la simulación del ANEXO I.2.
Los 2 puntos ambientales se otorgan por sistema binario, acreditando la huella de carbono por unidad de producto mediante registro conforme al Real Decreto 163/2014, inscripción EMAS o sistema equivalente.
Solvencia exigida
La acreditación se realiza mediante DEUC, con los umbrales concretos remitidos al anuncio de licitación y a la cláusula 21.2 de las condiciones específicas. En la parte IV del DEUC procede cumplimentar solo la sección α, la indicación global de cumplimiento de los criterios de selección. Cuando esos criterios varían por lote, se presenta un DEUC por cada lote.
Condiciones de ejecución relevantes
Las condiciones especiales de ejecución de la cláusula 11 tienen carácter de obligación contractual esencial. Su incumplimiento es causa de resolución conforme al artículo 211.1.f) de la LCSP e infracción grave a efectos del artículo 71.2.c). El mismo carácter recae sobre la adscripción de los medios del Anexo II.2 y sobre los plazos totales y parciales.
Entre esas condiciones figuran las medidas de seguridad de categoría media del Esquema Nacional de Seguridad, Real Decreto 311/2022, que no pueden suprimirse sin autorización expresa, y la prohibición de modificar la ubicación de los servidores sin comunicación previa al órgano de contratación.
Las penalidades se sitúan entre el 1% y el 10% del precio o presupuesto máximo por incumplimiento de obligaciones esenciales, de compromisos valorados como criterios de adjudicación o del deber de protección de datos, y entre el 0,5% y el 10% en materia medioambiental, social o laboral. Ante una recepción no conforme, el órgano puede exigir nuevo suministro con penalidad de hasta el 25%, y la falta de subsanación conlleva la resolución con incautación de la garantía.
Las respuestas a las solicitudes de aclaración no tienen carácter vinculante y el plazo para formularlas coincide con la hora límite de presentación de ofertas.
Detección y seguimiento
El expediente lleva asignado un único CPV, el 33140000, Material médico fungible. El alcance declarado abarca dispositivos de intervencionismo neurovascular que otros órganos clasifican con códigos de mayor detalle, entre ellos el 33141200, Catéteres, y el 33141320, Agujas médicas, que aquí no constan. Una búsqueda sobre esos códigos no recupera este expediente. La detección por epígrafes lo clasifica por su objeto y no por un CPV genérico que agrupa todo el fungible sanitario.
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