Blog We TenderTendersConcierto asistencia sanitaria – ISFAS (609 M€)

Concierto asistencia sanitaria – ISFAS (609 M€)

El Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) ha publicado un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada por 609.361.021,79 €, sin prórrogas previstas. Detallamos las condiciones del pliego.

El expediente 2026/IS092/00000259E tiene por objeto el aseguramiento de la prestación de asistencia sanitaria en territorio nacional, y la cobertura de la asistencia sanitaria transfronteriza, durante 2027, para los titulares y beneficiarios del ISFAS que opten por recibirla a través de entidades de seguro. El órgano de contratación es el Secretario General Gerente del ISFAS O.A. La tramitación es urgente y la presentación, exclusivamente telemática a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP).

Fecha límite de presentación: 26 de octubre de 2026, a las 23:59 h. Quedan 24 días.

Qué se licita

Lote único. El contrato es una concesión de servicios y no admite variantes. El importe es de 609.361.021,79 € sin impuestos, coincidente con el valor estimado, y la ejecución se extiende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2027, sin prórrogas.

La tramitación urgente se motiva en que el concierto vigente finaliza el 31 de diciembre de 2026 y la disponibilidad presupuestaria para 2027 se conoció recientemente. La adjudicación y la formalización quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente.

El pliego fija el calendario de consultas: el límite para elevarlas es el 14 de octubre de 2026 y el de respuesta, el 20 de octubre de 2026.

Criterios de adjudicación

La oferta técnica puntúa 100 puntos, evaluados mediante juicio de valor. No hay criterio de precio y no se utiliza subasta electrónica.

El pliego establece que las condiciones técnicas y económicas están fijadas previamente y son comunes para todas las entidades participantes. No se establece una comparación ordenada entre ofertas. Pueden resultar adjudicatarias todas las entidades que cumplan los requisitos y acepten íntegramente las condiciones. La documentación no fija un número concreto ni máximo de adjudicatarias, y no garantiza porcentajes de consumo, cuotas mínimas ni volúmenes de actividad.

La Mesa de Contratación califica la documentación y admite la subsanación de defectos. El órgano de contratación requiere después a las entidades admitidas, que disponen de diez días hábiles para presentar la documentación justificativa, incluida la garantía definitiva del 5%. La adjudicación se acuerda mediante resolución motivada dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación. Si la entidad no atiende el requerimiento en plazo, no se adjudica a su favor.

Solvencia exigida

La solvencia económica exige un volumen medio de primas devengadas en seguros de salud de al menos 10.000.000 €, referido a los tres últimos ejercicios disponibles. Se acredita con la declaración responsable del Anexo H y la autorización del Anexo G para recabar datos tributarios.

La solvencia técnica exige disponer de:

  • Servicios propios o concertados de medicina general o de familia y enfermería en todos los municipios del Anexo A.
  • Medios de atención especializada en los mínimos del Anexo A, con al menos el 75% de las especialidades o servicios de cada grupo en los municipios correspondientes.
  • Un centro hospitalario propio o concertado en al menos el 70% de los municipios y agrupaciones del Nivel III de atención especializada.
  • Un centro de coordinación de urgencias de cobertura nacional, operativo 24 horas todos los días del año y con llamada gratuita.
  • Delegaciones propias o concertadas en las capitales de provincia y comunidades autónomas, y en Ceuta y Melilla.

La vinculación con los servicios, centros y facultativos ofertados debe mantenerse como mínimo hasta el 31 de diciembre de 2027. La entidad debe ser una sociedad de seguros autorizada para operar en España en el ramo de enfermedad, lo que se acredita con certificado de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Condiciones de ejecución relevantes

El concierto se ejecuta a riesgo y ventura de la entidad. El pliego no califica como esenciales las condiciones especiales de ejecución. Establece un plazo de dos años desde la entrada en vigor para implantar los protocolos de atención a embarazos de alto riesgo.

Las compensaciones económicas por incumplimiento se clasifican en tres tramos: de 1.000 a 5.000 € los leves, de 5.001 a 25.000 € los graves y de 25.001 a 50.000 € los muy graves. Se hacen efectivas por deducción del siguiente pago mensual o de la garantía. La resolución final corresponde a la Secretaría General Gerencia, tras intervenir la Comisión Mixta Nacional, y cabe recurso de alzada ante el Ministerio de Defensa.

La subcontratación solo puede recaer sobre prestaciones accesorias. Los subconciertos por falta de medios no pueden afectar a más de veinte provincias o ciudades autónomas y se formalizan conforme al Anexo B.

En asistencia urgente de carácter vital, la entidad responde en 48 horas a la comunicación recibida desde medios no concertados. Si no reconoce la urgencia, emite informe motivado en un máximo de siete días naturales. La información de actividad y coste se comunica al ISFAS con periodicidad trimestral.

Las causas de resolución específicas del PCAP son la pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar, la obstrucción a las facultades de inspección y el incumplimiento de la obligación de confidencialidad de la base 19.2. Cuando resulta aplicable el Reglamento (UE) 2022/2560, la notificación o declaración FS-PP forma parte del sobre único, y no puede producirse la adjudicación mientras la Comisión Europea realiza el examen preliminar o la investigación exhaustiva.

Detección y seguimiento

El CPV asignado es 85100000-0, Servicios de salud. El objeto del expediente es el aseguramiento de la asistencia sanitaria mediante entidades de seguro, y no consta el CPV 66512200-4, Servicios de seguros de asistencia sanitaria. Una búsqueda basada en CPVs de seguros de salud no recupera este expediente. La detección por epígrafes clasifica el expediente por su objeto y no por el código asignado.

 

Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.

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