Blog We TenderTendersHemoderivados y toxina botulínica- SCS (233,8M€)

Hemoderivados y toxina botulínica- SCS (233,8M€)

El Servicio Canario de Salud ha publicado un Sistema Dinámico de Adquisición de 233.869.447,96 € para el suministro de hemoderivados y toxina botulínica a sus centros sanitarios. Analizamos las claves del pliego.

El expediente SDA/2026/0000006625, tramitado por la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud, articula la compra mediante un Sistema Dinámico de Adquisición sujeto a regulación armonizada, con contratos específicos de suministro adjudicados por cada Dirección Gerencia o Gerencia de Servicios Sanitarios. La tramitación es íntegramente electrónica a través de la plataforma Vortal del SDA del SCS.

Inicio del plazo de admisión: 21 de septiembre de 2026. Quedan 26 días.

Fecha límite para elevar consultas: 9 de septiembre de 2026. Quedan 14 días. Plazo para interponer recurso especial: 11 de septiembre de 2026. Quedan 16 días.

Qué se licita

Siete categorías, delimitadas por nivel ATC:

  • Categoría 1. Inhibidores de la proteinasa (B02AB): 8.142.794,84 €
  • Categoría 2. Fibrinógeno (B02BB): 4.974.641,76 €
  • Categoría 3. Factores de la coagulación sanguínea (B02BD): 20.616.525,66 €
  • Categoría 4. Otros preparados antianémicos (B03XA): 7.253.783,71 €
  • Categoría 5. Sustitutos de la sangre y fracciones proteicas del plasma (B05AA): 4.834.314,36 €
  • Categoría 6. Inmunoglobulinas humanas normales (J06BA): 36.554.796,53 €
  • Categoría 7. Otros agentes relajantes musculares de acción periférica (M03AX): 4.273.529,20 €

 Los importes por categoría son consumos estimados para las dos anualidades iniciales, y el sistema admite la incorporación de nuevos medicamentos autorizados y nuevos CPV compatibles durante su vigencia.

Vigencia inicial de 24 meses, prorrogable por otras tres anualidades hasta un máximo de cinco. El pliego añade una previsión excepcional de continuidad de hasta nueve meses si al vencimiento no se ha establecido el nuevo SDA por acontecimientos imprevisibles.

Queda excluido el nivel ATC7 correspondiente al factor VIII de coagulación recombinante mientras permanezca vigente el Acuerdo Marco de INGESA AM 2024/128, al que el Servicio Canario de la Salud está adherido. 

Estructura en dos fases

La Fase I es de admisión y permanece abierta durante toda la vigencia del sistema. 

La Fase II son las contrataciones específicas. Cada órgano de contratación invita a todas las empresas admitidas en la categoría correspondiente, con un plazo mínimo de diez días naturales desde el envío de la invitación. Una única proposición por licitador, sin variantes.

El pliego permite expresamente la multiadjudicación de un mismo contrato específico, por porcentajes de reparto o por orden decreciente de prelación. La finalidad declarada es paliar desabastecimientos y roturas de stock. 

Criterios de adjudicación

16 criterios objetivos. No constan criterios subjetivos evaluables mediante juicio de valor, lo que elimina el margen de interpretación en la evaluación. El pliego marco no fija ponderaciones: las determina cada órgano de contratación en cada contrato específico.

De los 16, 12 son atributos del producto que constan en ficha técnica y no se pueden mover durante la licitación: número de dosis y concentraciones comercializadas, vías de administración, estabilidad físico-química a temperatura ambiente y tras dilución, codificación en la unidad mínima de dispensación, ausencia de látex, dispositivo de autoadministración con sistema de seguridad, número de indicaciones autorizadas, condición de biosimilar, velocidad de administración intravenosa y disponibilidad en solución en lugar de liofilizado.

Solo cuatro palancas son construibles: la oferta económica, el certificado FSC o PEFC en embalajes, el programa de formación y soporte al paciente, y el programa de atención domiciliaria. Los tres últimos son documentables con antelación y se puntúan de forma binaria o proporcional. Una compañía que llegue a la primera invitación sin ese material preparado cede puntos que no dependen del precio.

El umbral de oferta anormalmente baja se calibra por número de licitadores. Con un único licitador se considera desproporcionada la oferta inferior al presupuesto base en más de un 25%. Con dos, la inferior en más de un 20% a la otra oferta. Con tres o más se aplican reglas vinculadas a la media aritmética y desviaciones superiores al 10%. 

Solvencia exigida

Solvencia económica equivalente a 1,5 veces la anualidad media de la categoría. Solvencia técnica equivalente al 70% de esa anualidad media. Los umbrales van desde 485.947,69 € de volumen de negocio en categoría 7 hasta 4.061.644,06 € en categoría 6, con los correspondientes 340.163,38 € y 2.843.150,84 € de suministros acreditados en los tres últimos años.

Si se solicita adhesión a varias categorías, los importes no se acumulan: se toma como umbral la categoría de mayor importe entre las elegidas. Adherirse a las siete cuesta lo mismo, en términos de solvencia, que adherirse solo a inmunoglobulinas.

No se exige clasificación empresarial, certificación ISO ni seguro de responsabilidad civil. No hay garantía provisional y, con carácter general, tampoco garantía definitiva. Los umbrales representan en torno al 11% del valor de cada categoría. 

Condiciones de ejecución relevantes

El cumplimiento de los plazos de entrega es obligación contractual esencial. La penalidad por demora es de 0,60 € por cada 1.000 € del precio del contrato y por día, un 0,06% diario, de modo que se alcanza el primer múltiplo del 5% en algo más de 83 días de retraso. A partir de ahí el órgano de contratación puede resolver o continuar imponiendo nuevas penalidades. El pliego prevé además una penalidad reforzada de entre el 5% y el 10% del precio del contrato, motivada por la criticidad asistencial del suministro.

El suministro de bienes defectuosos que impidan su prescripción se penaliza con el 10% del precio del contrato. La subcontratación incumpliendo las condiciones establecidas alcanza el 50% del importe del subcontrato. No atender el requerimiento documental tras la propuesta de adjudicación en Fase II supone un 3% del presupuesto base de esa contratación específica.

Las muestras tienen régimen singular. En cada contratación específica puede requerirse una fotografía en PDF del medicamento, con imágenes del envase por todas sus caras y de las formas farmacéuticas sin envasar, o una muestra física. La falta de aportación se valora con cero puntos en el criterio correspondiente y los gastos de entrega y recogida corren a cargo del licitador.

Toda la documentación debe presentarse en castellano o con traducción oficial. El requisito afecta de lleno a fichas técnicas, certificados y estudios de estabilidad procedentes de fabricantes extranjeros, que es exactamente el material que sustenta los criterios técnicos objetivos.

Detección y seguimiento

El expediente se ha publicado bajo un único CPV: 33621000, medicamentos para la sangre y para los órganos hematopoyéticos. El código describe con precisión seis de las siete categorías, pero deja fuera la séptima. Los agentes relajantes musculares de acción periférica no pertenecen a esa rama del vocabulario, y una compañía con cartera en toxina botulínica que vigile su área terapéutica por CPV no verá este anuncio, pese a que hay 4.273.529,20 € destinados a su producto dentro del sistema.

Es el tipo de desajuste que la clasificación por epígrafes de WeTender resuelve, al indexar el expediente por el contenido real de las categorías y no por el código con el que el órgano de contratación decidió publicarlo.

Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.

¿Quieres ver cómo funciona con las licitaciones de tu portfolio?

Solicita una demo personalizada.

La Newsletter #1 en Contratación Pública Sanitaria

Un correo cada día a las 14:00, días hábiles. La resolución del día, licitaciones destacadas y el mercado en 30 segundos.

Acobur Asesores · C/ Orense, 34, 2ª planta · 28020 Madrid