Blog We TenderTendersMonitorización de glucosa – SAS (292 M€)

Monitorización de glucosa – SAS (292 M€)

El Servicio Andaluz de Salud ha convocado un acuerdo marco por 292.819.135,76 € de valor estimado (IVA excluido) para el suministro de sistemas de monitorización de glucosa intersticial en pacientes con diabetes tipo 1, tipo 2 y otras diabetes insulinopénicas. Analizamos las claves del pliego.

El expediente CONTR 2026 0000320294, tramitado por el Servicio Andaluz de Salud (SAS), convoca un procedimiento abierto sujeto a regulación armonizada para un acuerdo marco de suministro de tracto sucesivo y precio unitario, dividido en 3 lotes, destinado a la población pediátrica y adulta en tratamiento con múltiples dosis de insulina y con necesidades de mejora en el control metabólico.

Fecha límite de presentación: 19 de octubre de 2026, 15:00h. Quedan 31 días.

Qué se licita

El acuerdo marco se divide en 3 lotes de tamaño muy desigual. El lote 1, sistema de monitorización con alertas en hipoglucemia e hiperglucemia, concentra casi todo el valor del contrato: 46.136.000 unidades a 2,73 €, 125.951.280,00 € sin IVA de presupuesto inicial y 285.462.996,00 € de valor estimado con prórrogas, el 97% del total. El lote 2, sistema con función predictiva, suma 3.102.375,90 € (372.300 unidades a 8,33 €); el lote 3, sensor implantable, apenas 209.570,83 € (28.470 unidades a 7,36 €). La duración inicial es de 24 meses, prorrogable hasta 2 veces por 12 meses cada una. Se admiten muestras, que deben depositarse en el Almacén Central de la Central Provincial de Compras de Sevilla, y no se admiten variantes.

Criterios de adjudicación

En los lotes 1 y 3, la puntuación se reparte en 57 puntos objetivos automáticos (40 por precio, 15 por entrega de material de autocontrol, 2 por conectividad NFC) y 43 de juicio de valor, en tres bloques: calidad de la evidencia en exactitud clínica o MARD (20 puntos, repartidos a 4 puntos entre metodología, desempeño por rangos de glucosa, estabilidad temporal, evidencia en poblaciones específicas y exactitud clínica), utilidad y usabilidad de la plataforma (15) y seguridad y conectividad del usuario (8). En el criterio MARD se pueden aportar los estudios que se quiera, pero solo se valoran los cinco primeros de la tabla resumen, y el documento técnico específico tiene un máximo de 10 folios.

La fórmula de precio: si la oferta iguala el precio unitario de licitación obtiene 0 puntos, y si lo supera, queda excluida del lote sin que se valoren los restantes criterios. El pliego exige además extremar la separación entre sobres: la documentación técnica y también los entornos y cuentas de demostración de la plataforma no pueden revelar ningún dato sujeto a valoración automática, so pena de exclusión por vulneración del secreto de las proposiciones.

Solvencia exigida

La solvencia técnica exige un mínimo de 3 certificados de suministros de sensores de monitorización de glucosa en los últimos 3 años, sin admitir más de uno por entidad, pero el filtro real es otro: la certificación del Esquema Nacional de Seguridad (ENS) en nivel ALTO es obligatoria, y su falta de acreditación implica la exclusión directa de la oferta. Es un umbral de ciberseguridad poco habitual en un contrato de suministro sanitario, coherente con tratarse de dispositivos conectados que transmiten datos clínicos. Las empresas inscritas en el Registro de Licitadores de Andalucía o en ROLECE quedan exentas de acreditar de nuevo la documentación ya registrada.

Condiciones de ejecución relevantes

El elemento más distintivo del contrato es la continuidad terapéutica como criterio de adjudicación en los contratos basados sin nueva licitación: el SAS puede mantener a un paciente con el dispositivo que ya usa, en lugar de cambiarlo por el del nuevo adjudicatario, cuando el cambio suponga riesgo de pérdida de control glucémico, problemas de adherencia, reacciones cutáneas a los adhesivos o necesidad clínica de un punto de inserción concreto. La adjudicación del suministro a un paciente determinado puede depender así de su historial clínico, no solo del precio o la puntuación técnica.

La licitación aplica además la cláusula ICI del Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1197: no se puede subcontratar más del 50% del valor del contrato con operadores de países sujetos a la medida, ni superar ese mismo 50% en bienes originarios de esos países, con multas de entre el 10% y el 30% del valor del contrato en caso de incumplimiento. Para los lotes 1 y 2, la periodicidad de las reposiciones comprometida en la oferta tiene carácter de obligación esencial: su incumplimiento se trata como incidencia de desabastecimiento y puede acarrear la resolución del contrato basado con incautación de garantía, o penalidades de hasta el 10% del pedido afectado como alternativa. Ante rotura de stock, el pedido pasa directamente a la siguiente empresa del orden de prelación del acuerdo marco, sin perjuicio de las penalidades al proveedor original.

Detección y seguimiento

El CPV asignado es 33124100-6, «aparatos para diagnóstico», un código que cubre desde monitores de glucosa hasta equipos de diagnóstico sin relación con la diabetes. Con 3 lotes de tamaño tan desigual bajo el mismo expediente, el 97% del valor económico se concentra en un único lote, y pasar por alto esa concentración puede llevar a subestimar la relevancia real del contrato para un fabricante de sensores.

Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.

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