Licitación SERMAS Madrid 2026: vendas, esparadrapos y apósitos por 2,9M €
La Gerencia Asistencial de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud ha publicado un acuerdo marco sujeto a regulación armonizada por 2.914.019,64 €, repartido en 19 lotes y con hasta cinco empresas adjudicatarias por lote. Detallamos las condiciones del pliego.
El expediente A/SUM-029762/2026 cubre el suministro de vendas, esparadrapos, material para inmovilización, absorción y apósitos de traqueotomía para la Gerencia y sus centros dependientes. El procedimiento es abierto con pluralidad de criterios y tramitación ordinaria. La presentación es exclusivamente electrónica a través de Licit@, sin acto público de apertura. El anuncio se envió al DOUE el 6 de agosto de 2026.
Fecha límite de presentación: 17 de septiembre de 2026, a las 23:59 h. Quedan 37 días. El plazo para elevar consultas termina el 5 de septiembre y el de interposición de recurso especial contra los pliegos, el 28 de agosto.
Qué se licita
El acuerdo marco se estructura en 19 lotes, varios con sublotes por medida o presentación. La adjudicación es múltiple, con un máximo de cinco empresas por lote y sin mínimo establecido. No se admiten variantes y se exige presentación de muestras. El importe y el valor estimado coinciden en 2.914.019,64 €. La duración inicial es de 12 meses, con prórrogas de hasta 36 meses y una duración máxima total de 48 meses.
El catálogo abarca collarines cervicales rígidos tipo Philadelphia en versión adulta y pediátrica, esparadrapos de papel, seda y tejido sin tejer, férula de aluminio-espuma tipo Zimmer, vendas elásticas adhesivas, cohesivas y de crepé, venda de escayola, venda de espuma de poliuretano pre-tape, vendas tubulares de malla elástica y de algodón, venda de viscosa almohadillada, algodón hidrófilo con papel intermedio, apósitos absorbentes para traqueostomía con orificio preformado, apósito oftálmico, apósito hemostático nasal y tiras de gasa rectilínea para taponamiento.
El acuerdo marco se tramita en una sola fase, de tipo cerrado múltiple. Todos los términos del suministro quedan fijados en él, de modo que los contratos basados se adjudican sin nueva licitación. La selección del proveedor sigue el orden de prelación por puntuación total, con excepciones tasadas por motivos de producto, clínico-asistenciales y logísticos, previo informe técnico. El pliego no garantiza porcentajes de consumo ni cantidades mínimas.
Criterios de adjudicación
Cada lote se valora sobre 100 puntos: 70 para el precio y 30 para criterios automáticos distintos del precio. No existen criterios sujetos a juicio de valor. La fórmula del precio es PL = 70 × (A − B) / (A − C), donde A es el precio de licitación, B la oferta valorada y C la oferta más baja. Una oferta igual al precio de licitación obtiene 0 puntos.
Dentro de los 30 puntos automáticos, 10 se repiten en los 19 lotes: 5 puntos si el material reciclado del envase supera el 75%, o 1 punto si se sitúa entre el 25% y el 75%, y 5 puntos por comprometer la digitalización del albarán de entrega. Los 20 restantes son específicos de cada lote y responden a características físicas verificables, como el pictograma de uso y los ganchos de oxigenoterapia del collarín, la pestaña o marca de inicio del rollo, la línea central de color de guiado, el troquelado en cruz para la cánula o el envase individual con una cara transparente.
Tres lotes puntúan por gramaje mediante una fórmula proporcional al mayor gramaje ofertado entre las ofertas, con umbral mínimo: superior a 75 g/m² en el sublote 8.1, a 90 g/m² en los sublotes 8.2 y 8.3, a 220 g/m² en el lote 13 y a 75 g/m² en el lote 14. En el lote 8 la puntuación se calcula por sublote de forma independiente, se suma y se divide entre el número de sublotes. En el lote 14 el gramaje aporta un máximo de 10 puntos y otros 10 se otorgan por composición de algodón 100%. En el lote 9 el tiempo de fraguado final de secado puntúa 20 puntos entre 5 y 10 minutos, y 5 puntos por encima de 10 y hasta 15 minutos.
Solvencia exigida
La solvencia económica se acredita por el volumen anual de negocios del mejor ejercicio de los tres últimos disponibles, conforme al artículo 87.a) de la LCSP.
La solvencia técnica exige una relación de los principales suministros de igual o similar naturaleza de los tres últimos años, con un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. La naturaleza similar admite CPV, UNSPSC, CPC o CNAE, y en defecto de previsión se atiende a los tres primeros dígitos del CPV. Los requisitos se entienden referidos a la totalidad de los lotes y son proporcionales al presupuesto de aquellos a los que se concurra. No se exige compromiso de adscripción de medios personales ni materiales.
El DEUC que se presenta en el Sobre 1 es el modelo simplificado, sin incluir la solvencia económica y técnica. Cuando los lotes tengan requisitos de solvencia distintos, se aporta declaración responsable por cada lote o grupo de lotes con iguales requisitos.
Condiciones de ejecución relevantes
La condición especial de tipo medioambiental del artículo 202 de la LCSP tiene carácter esencial y su incumplimiento es causa de resolución. Consiste en la declaración responsable de compromiso de recogida, reciclado y reutilización de todo el embalaje del material del expediente cuya retirada se solicite, con certificados acreditativos cuando sean requeridos. El pago en plazo a subcontratistas y suministradores es también condición especial de ejecución, y la garantía definitiva responde de las penalidades asociadas.
Las penalidades por demora se fijan en 0,60 € por cada 1.000 € del precio del contrato y día, IVA excluido. La ejecución defectuosa se gradúa hasta el 5% del precio en incumplimientos leves, hasta el 7% en graves y hasta el 10% en muy graves, con un tope del 10% por penalidad individual y del 50% sobre el conjunto. Dos incumplimientos muy graves y tres incumplimientos del calendario de entregas son causa de resolución. La no formalización en plazo por causa imputable al adjudicatario conlleva penalidad del 3% del presupuesto estimado del Anexo 1 y prohibición de contratar del artículo 71.2.b) de la LCSP.
Los plazos de entrega de los contratos basados son de 72 horas en pedidos ordinarios y 24 horas en urgentes, sobre seis almacenes situados en Madrid, Coslada, Majadahonda y Leganés. La garantía definitiva de cada contrato basado es del 5% del importe adjudicado. Las modificaciones previstas alcanzan el 20% del artículo 204 de la LCSP, y las sustituciones e inclusión de nuevas presentaciones no tienen consideración de modificación siempre que el precio no supere el adjudicado. Entre las causas específicas de resolución figura el incumplimiento culpable de la Ley 8/2005 de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid cuando exista sanción muy grave.
El Sobre 3 exige ficha técnica firmada de cada producto con lote o sublote, referencia, marca y modelo, fotografías de cada artículo y de sus embalajes con textos legibles, marcado CE y declaración de conformidad vigentes cuando proceda, y el Anexo 7 de autobaremo señalando documento y página donde se justifica cada puntuación propuesta.
Detección y seguimiento
Los CPV asignados son 33141000, 33141110, 33141112, 33141113, 33141730 y 33141760, que cubren consumibles médicos no químicos, apósitos, esparadrapos, vendas, collarines cervicales y férulas. El objeto declarado incluye además algodón hidrófilo con papel intermedio en el lote 15 y tiras de gasa rectilínea de algodón para taponamiento en el lote 19. Los códigos específicos de gasa médica, 33141114, y de algodón medicinal, 33141115 y 33141117, no constan en el expediente. Una búsqueda basada en esos CPV no recupera esta licitación. La detección por epígrafes clasifica el expediente por su objeto y no por un CPV que no cubre el alcance completo del cuadro de lotes.
Este análisis fue generado con WeTender IA, que extrae, estructura y resume automáticamente la información clave de cualquier pliego de licitación en minutos.
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